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CARACTERÍSTICAS DEL ARBITRAJE




1. MEDIO DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS
El arbitraje permite a las partes arbitrales poner fin de manera definitiva a sus conflictos, procedimiento que concluye con el laudo arbitral que equivalente a una sentencia judicial.

2. ADVERSARIAL
Es esencialmente adversarial, confrontaciónal, en razón que su estructura es básicamente similar a un proceso Judicial, donde prima el enfrentamiento, la lucha por obtener la victoria.

3. ADJUDICATIVO
Es adjudicativo, porque el tercero denominado arbitro a través del laudo arbitral adjudica el derecho a una de las partes arbitrales al final del proceso arbitral.

4. VOLUNTARIO
Es voluntario ya que las partes deciden adoptar el arbitraje mediante un convenio arbitral por su propia voluntad, sin imposición de ninguna otra persona o el Estado.

5. TERCERO
El arbitraje implica la intervención de un tercero ajeno a la disputa denominado árbitro, elegido por las partes, por una institución arbitral o en último caso por la Cámara de Comercio, experto en el tema en conflicto, quien impone la soluciona a través del laudo arbitral de obligatorio cumplimiento para las partes.

6. DECISIÓN DEFINITIVA DEL TERCERO
El   arbitraje concluye con el laudo arbitral creado y generado por el tercero denominado árbitro, el cual es definitivo, inapelable, de obligatorio cumplimiento para ambas partes y produce efectos de cosa juzgada. Si la parte perdedora incumple lo ordenado en el laudo arbitral, procederá a exigir su ejecución forzosa ante el Poder Judicial, con los mismos efectos reconocidos a los fallos judiciales.

7. CONTROL DEL   PROCESO Y RESULTADO
El control del proceso y resultado está en poder del árbitro a quien las partes le han cedido para que solucione el conflicto.

8. INFORMAL
Los procesos de arbitraje están totalmente deformalizados con relación al proceso judicial extremadamente ritualista.
En el arbitraje   se pierde   formalidad  y se gana eficacia, ya  que el proceso arbitral puede ser   adecuado a las   necesidades y expectativas   de las partes.

9. CÉLERE
El arbitraje es más rapido que los largos y tediosos procesos judiciales, es rápido no solo por  plazos  breves, ausencia del recurso de apelación, porque resuelve las controversias en un tiempo corto y razonable, sino porque  además, los árbitros se dedican a resolver  pocos casos, a   diferencia   de los jueces  del Poder Judicial donde tienen que  distraer  su  tiempo   entre   un gran   número de   procesos judiciales, lo cual determina en una reducción considerable de los costos económicos.

10. EXCLUSIÓN   DEL   PODER   JUDICIAL   EN   LA   DECISIÓN
El arbitraje implica la ausencia de intervención del Poder Judicial durante el desarrollo del proceso arbitral, el cual solo intervendrá  en caso que una de las partes incumpla el laudo arbitral.

11. ESPECIALIZACIÓN
Sin mayor duda la especialización es una de las ventajas más importantes del arbitraje, en vista que el arbitraje a diferencia del proceso judicial donde el Juez es un “todista” es dirigido por personas (árbitros) con conocimiento especializado en el tema objeto del conflicto y experiencia necesaria sobre la materia sometido a su consideración. El conflicto es resuelto por árbitros que generalmente son personas especializadas en la materia del conflicto. Los árbitros son técnicos en el tema en conflicto, que generalmente   gozan de un nivel especialización   elevado   en el   objeto del conflicto.

12. CONFIDENCIALIDAD
Contrariamente al proceso judicial caracterizado por su publicidad, con el consecuente deterioro de la imagen comercial y en algunos casos extremos la quiebra de las empresas inmersas en un proceso judicial,   el arbitraje resulta lo opuesto, porque los hechos que se debaten en un proceso arbitral son de conocimiento exclusivo solo a las   empresas   involucradas en el arbitraje, resguardando con ello el prestigio, imagen empresarial y la economía de las empresa participantes de un proceso arbitral. Durante el desarrollo del procedimiento arbitral participan únicamente las partes involucradas en el conflicto y los árbitros, excluyendo la participación de terceros.

13. CONSENSUAL
El   arbitraje es consensual, porque ambas partes en ejercicio de su libertad acuerdan en una cláusula arbitral, someter la   solución de determinados conflictos que hayan surgido  o puedan surgir entre ellos a la decisión de un particular que impone la solución al conflicto.

14. ECONÓMICO
El arbitraje es económico en vista que soluciona la controversia de manera definitiva en menos tiempo que los lentos y eternos procesos judiciales, con lo cual las partes arbítrales se ahorran ingentes sumas de dinero.

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