Perú es pionero en utilizar al arbitraje como medio de solución de controversias, en contratación pública, habiéndolo instaurado el último decenio del siglo pasado en el año 1997, como medio para solucionar conflictos acaecidos en contratación pública, a través de la Ley N° 26850. DEFINICIÓN DE ARBITRAJE EN CONTRATACIÓNES DEL ESTADO El arbitraje en las contrataciones del Estado, es un tipo de arbitraje administrativo, en que una de las partes, es una “Entidad” y la otra parte, es un “Contratista”, respecto a conflictos que se producen en la fase de ejecución contractual, en los Procedimientos de Selección referidos a Contrataciones del Estado, en relación a materias controvertidas que se encuentran taxativamente establecidas en la normatividad de contrataciones del Estado y que son resueltas por un tercero neutral, imparcial, especializado y no estatal denominado árbitro, a través de un laudo que tiene la eficacia de la cosa juzgada. CARACTERÍSTICAS DEL A
Blog de Rafael Medina Rospigliosi, espacio para compartir pasión por Conciliacion, Arbitraje y Contrataciones del Estado